Pastoral Penitenciaria
La Iglesia
ha procurado atender pastoralmente, según las posibilidades legales y
circunstancias político-sociales de cada momento, a los hombres y mujeres encarcelados a través de personas
especialmente vocacionadas en las comunidades cristianas y de Institutos
Religiosos (Mercedarios, Trinitarios, Jesuitas, Dominicos, Salesianos...; Hijas
de la Caridad, Adoratrices, Hermanas de la Caridad de Santa Ana, Carmelitas,
Mercedarias...).
Tras 150
años del aislacionismo pastoral penitenciario padecido por las diócesis como
consecuencia de la existencia y funcionamiento del Cuerpo de Capellanes de
Prisiones, a quienes estaba reservada en exclusiva por el Ministerio de
Justicia la atención religiosa en las cárceles, mediante los Acuerdos Jurídicos
firmados entre la Santa Sede y le Estado Español (Roma, 3 de Enero de 1979) las
diócesis españolas han podido reasumir la asistencia religiosa en los
Establecimientos penitenciarios e integrar progresivamente la Pastoral Penitenciaria
en la Pastoral de conjunto de la diócesis, fundamentada en la tradición bíblica
y eclesial:
1.-
Fundamentación Bíblica
a)
Ex 3, 9-10: “Así pues, el clamor de los israelitas ha llegado hasta mí y he
visto la opresión con que los egipcios los oprimen. Ahora, pues, ve, yo te la
Faraón, para que saques a mi pueblo, los israelitas de Egipto”.
Esta llamada que hace Dios a Moisés la está haciendo a
toda la comunidad cristiana. Es responsabilidad de toda la Iglesia de liberar a
nuestros hermanos que están sufriendo y experimentando la privación de
libertad. Moisés representa la liberación del Pueblo de Israel. Nosostros, la
Iglesia, somos la esperanza de los que en estos momentos están en prisión.
b) Lc 4, 18-19: “El Espiritu del Señor
está sobre mí, porque me ha ungido para anunciar a los pobres la Buena Noticia,
me han enviado a proclamar la liberación a los aprimidos y a proclamar el año
de gracia del Señor”.
La Iglesia, comunidad de fe viva, hace suyas las palabras
del profeta Isaías y de Jesús, y desde su realidad se siente envíada, por la
fuerza del Espírutu, a liberar a los que sufren y a los privados de libertad.
c)
Mt 25, 31-46: “ … porque tuve hambre y me disteis de comer, tuve sed y me
disteis de beber, era forastero y me acogisteis, estuve desnudo y me
vestistéis, enfermo y me visitastéis, en la cárcel y vinistéis a verme”.
La identificación de Cristo con el pobre hace más fácil
nuestro compromiso y entrega de la Iglesia. Está pidiendo un compromiso de la
comunidad en las necesidades básicas del pobre: comer, vestir, visitar,
acoger.... . Como nos dice Xavier PIKaza (Cfr. “La Comunidad Cristiana y los Marginados”, ponencia publicada en
“PRESOS, IGLESIA Y SOCIEDAD”, páginas 73-112. Secretariado Nacional de Pastoral
Penitenciaria, Madrid, 1995), en nuestras Eucaristías no habrá auténtica
comunión eclesial hasta que no la compartamos con los pobres y necesitados.
d)
Hch 12,5: “Mientras Pedro estaba en la cárcel, la Iglesia oraba por él sin
cesar”. La comunidad eclesial es el principio de comunión de sus miembros.
Nuestro bautismo nos lleva a sentirnos en comunión con todos los bautizados,
prescindiendo del lugar en que nos encontremos. Pero esta comunión se hace más
especial con aquellos que más lo necesitan, como es el caso de Pedro en la cárcel.
e)
1Cor 12, 12-31: “Del mismo modo que el cuerpo es uno, aunque tiene muchos
miembros … no forman más que un sólo cuerpo …
así también es Cristo...”
La comunidad cristiana en libertad forma parte del mismo
cuerpo que la que está en prisión, que es la Iglesia. La comunidad cristiana en
libertad debe asumir la responsabilidad de ayudar a los que están en prisión.
Mientras exista una sola persona en prisión, sufriendo con necesidad, la
Iglesia sufrirá con ellos.
f)
Hebr 13,3: “Acordaos de los presos como si vosotros mismos estuvierais presos
con ellos”. Este texto está pidiendo
a la Iglesia un compromiso de comunión hasta en el dolor y la privación de
libertad. Nos pide que sintamos lo que nuestros hermanos presos sienten, ¿hay
mayor sentimiento de comunión?
2.-
Fundamentación Eclesial
Aunque
poco a poco se está clarificando progresivamente la relación entre Pastoral
Penitenciaria y Pastoral Diocesana, sí es cierto que este sentimiento ha estado
presente en muchas manifestaciones y escritos tanto de Papas como de Obispos de
la Iglesia. Quizás lo que ha faltado ha sido encontrar cauces operativos que
facilitasen la integración de la Pastoral Penitenciaria en los planes
diocesanos.
En esta apartado voy a presentar lo que estos Papas y
Obispos ha manifestado en distintos momentos de la reciente historia de la
Iglesia Católica:
Juan XXIII,
en la visita a la cárcel “Regina Coeli” de Roma: “Todos los que estamos aquí
somos iguales ante el Señor, pues el Señor nos considera a todos hijos suyos.
Aquí dejo mi corazón” (cfr. Martin Nieto, Evaristo: “Pastoral Penitenciaria.
Guía del voluntariado cristiano de prisiones. Ediciones Paulinas, Madrid, 1990,
Página 24)
Pablo VI, en la visita a la cárcel “Regina Coeli” de
Roma: “Os amo, no por sentimiento romántico o compasión humanitaria, sino
que os amo verdaderamente porque descubro siempre la imagen de Dios, la
semejanza con El, Cristo, hombre ideal, que soís todavía y podéis serlo” (cfr.
Martin Nieto, Evaristo: “Pastoral Penitenciaria. Guía del voluntariado cristiano
de prisiones. Ediciones Paulinas, Madrid, 1990, Página 24)
Juan Pablo II, en la visita a la cárcel de Papuda
(Brasil): “La visita que os hago, aunque breve, significa mucho para mí. Es
la visita de un pastor que quiere imitar al Buen Pastor”. (cfr. Martin Nieto,
Evaristo: “Pastoral Penitenciaria. Guía del voluntariado cristiano de
prisiones. Ediciones Paulinas, Madrid, 1990, Página 24)
Estos breves retazos vemos cómo los Papas se sienten
pastores también de sus feligreses presos, preocupados por las circunstancias
de prisión y responsables de acercarles a la Iglesia.
Comisión
Episcopal de Pastoral Social (CEPS): “En primer lugar, cada una de las
diócesis, debe tomar mayor conciencia del problema social de las prisiones e
integrar coherentemente la Pastoral Penitenciaria en la planificación de la
acción evangelizadora en las comunidades cristianas” (CEPS: “Las Comunidades
Cristianas y las Prisiones”, 16 de Noviembre de 1986, en CORINTIOS XIII nº 41,
enero-marzo 1987, página 229).
Manuel García Souto
Capellán
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